La herencia.

15.10.2024

Primeros pasos tras la muerte de un familiar:


Repasamos la documentación que hay que conseguir y las gestiones que hay que realizar tras un fallecimiento.

Tras la muerte de un familiar, pasados los primeros días de superación de su pérdida, es necesario empezar a dar los primeros pasos en la solución de la herencia. Contar con el apoyo de un profesional desde un principio siempre es una opción pero algunas de estas primeras gestiones podemos llevarlas a cabo sin ayuda.

El certificado de defunción. El punto de partida para tramitar una herencia es el certificado de defunción. Es un documento gratuito e imprescindible para todas las actuaciones posteriores. Lo podemos conseguir en el Registro Civil del lugar en que se haya producido la defunción o a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

El Certificado de Actos de Última Voluntad. Este documento nos indica si la persona fallecida ha otorgado o no testamento y, si lo ha hecho, su fecha y el notario ante el cual se han otorgado. El último de ellos es el que se va a considerar para su herencia. Para solicitarlo hay que esperar quince días hábiles. Su tramitación no es gratuita. Es necesario abonar una pequeña tasa. Lo expide de forma presencial la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, aunque también puede solicitarse por correo o a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

El certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento. Es el documento que nos ofrece información sobre los seguros que tuviera el fallecido que cubrieran el riesgo de muerte, la compañía con la que exista en su caso el contrato y el número de póliza. Este certificado se suele tramitar conjuntamente con el anterior porque la forma de conseguirlo, la tasa y el plazo son idénticos para ambos. Junto con el certificado de defunción son los trámites que suele realizar la compañía aseguradora si contamos con un seguro de decesos.

El testamento. Si la persona fallecida hubiera otorgado testamento, debemos dirigirnos a la notaría correspondiente y solicitar una copia autorizada. Únicamente pueden solicitarla aquellas personas que están interesadas en la herencia.

La declaración de herederos. Si, por el contrario, la persona fallecida no hizo testamento, debemos realizar un trámite más ante notario: la declaración de herederos, al objeto de determinar qué familiares son los que tienen derecho a heredar.

El Impuesto de Sucesiones. Tienen obligación de presentar este impuesto los herederos, los legatarios y los beneficiarios de los seguros de vida que haya dejado el fallecido. Hay que presentarlo dentro de los seis meses siguientes a la fecha de fallecimiento. Existe la posibilidad de solicitar una prórroga por seis meses más, siempre y cuando se haga dentro de los cinco meses posteriores al fallecimiento.

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o Plusvalía. Es un impuesto municipal que se tiene que tramitar ante el Ayuntamiento correspondiente y sólo van a tener que abonarlo aquellos que hayan heredado bienes inmuebles en suelo urbano que hayan experimentado un aumento de valor.

Trámites ante la Seguridad Social. Hay que comunicar el fallecimiento si la persona fallecida es un pensionista. A partir de aquí, el resto de los trámites van a depender de las circunstancias concretas. Lo más habitual es que exista un derecho a una pensión de viudedad o de orfandad...

Todos estos pasos son imprescindibles y conviene hacerlos cuanto antes mejor. Una vez hayamos conseguido la documentación esencial podremos dar el siguiente paso que consiste en llevar a cabo la aceptación y partición de la herencia.

Si necesitas más información puedes ver uno de nuestros vídeos donde explicamos estos primeros pasos necesarios para arreglar una herencia:

https://www.youtube.com/watch?v=3pvrk5RPG_g&list=PLZAn4R2uB7_IYIjWWI_n0USfQZ1KNqAL8&index=1&t=26s

Si necesitas ayuda profesional en cualquiera de los pasos necesarios para arreglar una herencia no dudes en pedir una cita:

https://www.cuervoalfageme.com/contacto/